Por iniciativa de Francia, único país europeo que voluntariamente dispone de normas de seguridad, la Unión Europea definirá en 2016 un estándar de seguridad para estos “aparatos”, tan de moda hoy en día, y tratará de buscarles un espacio legal dentro de los nuevos modos de movilidad urbana.
La tecnología avanza imparable y es capaz de desarrollar aparatos, artilugios –uno ya no sabe ni cómo llamarlos–, cuyo uso tiene difícil encaje en las legislaciones vigentes. Ya pasó con los drones, uno de los “juguetes” estrella de las pasadas Navidades, que el gobierno tuvo que regular con una normativa de urgencia. Otro ejemplo podrían ser las impresoras y escáneres 3D, que siendo legales, pueden usarse para fabricar objetos ilícitos. Y en materia de movilidad nos encontramos con los monopatines con motor, con timón o sin él, los famosos segway y hoverboards.
Los hoverboards –que toman su nombre del monopatín volador de Marty McFly en la película Regreso al futuro– fueron uno de los productos más vendidos por Amazon el pasado año y en la actualidad la compañía está reembolsando el dinero de la compra a todos sus clientes en Estados Unidos y Gran Bretaña, donde acaban de prohibirse. En el primer caso, a instancias de la Comisión para la Seguridad de los Productos de Consumo de Estados Unidos (CPSC, por sus siglas en inglés), por el riesgo de sobrecalentamiento e incendio de las baterías de carga de estos monopatines. Y en el caso inglés, por las lesiones producidas por caídas, algunas incluso graves, que se asocian a defectos de diseño de las tablas.
Los hoverboards se suman así a la moda de los segway, monopatines motorizados con timón, tan habituales ya en las grandes ciudades, sobre todo para uso turístico, que despiertan las iras de los peatones, pero que tampoco pueden circular por la calzada por no tratarse de vehículos. Las normas que fijan su utilización supuestamente se establecen en las distintas ordenanzas municipales, pero hay pocos ayuntamientos que tengan regulado el uso de estos artilugios que, en algunos casos, alcanzan los 25 km/h y que, por falta de pericia o de irresponsabilidad, pueden ocasionar daños a los peatones.
Ante todo este batiburrillo o limbo legal, Francia ha tomado la iniciativa para que la Unión Europea pueda definir en 2016 una normativa de seguridad comunitaria con respecto a estos aparatos. En su propuesta, Francia propone basarse en el enfoque de autorregulación que se implantó en 2013 en la compañía Decathlon y que se basa en la Norma EN ISO 13482 para robots y dispositivos robóticos de asistencia personal no médicos. Significa esto que si, hasta ahora, cada fabricante ha puesto a prueba sus productos en función de sus propios criterios de seguridad, a partir de ahora se cumplan los requisitos requeridos en esta norma que incluye, a grandes rasgos:
- pruebas técnicas en todos los componentes mecánicos y eléctricos del vehículo;
- principios generales para el diseño, evaluación y reducción del riesgo, en función del peso y la estatura del usuario;
- excluye todos los artilugios que superen los 20 km/h;
- y obliga a que el patinete disponga de sistema regulador de velocidad –estableciendo una velocidad mínima máxima de 6 km/h, de cara a una futura legislación que imponga límite de velocidad por las aceras.
La propuesta estará en fase de investigación pública a lo largo de este trimestre y se prevé su publicación en el transcurso del año 2016. Paralelamente, la Comisión de Transporte del Parlamento Europeo que, en 2009 invitó a todos los Estados miembro a autorizar explícitamente el uso de segway en todas las aceras de Europa, se ha comprometido en trabajar para elaborar unas normas básicas y comunes de circulación, dada la proliferación de nuevos aparatos o artilugios. Eso sí, seguirán sin ser considerados vehículos y continuará denominándoseles algo así como “dispositivos electrónicos de ayuda a la movilidad peatonal”. A partir de ahí, existen varias propuestas de normativas, pero básicamente se resumen en estos puntos:
- Podrán circular en los mismos espacios que peatones y bicicletas: en aceras, a una velocidad máxima de 6 km/h: y en carriles bici ,a una velocidad máxima de 20 km/h.
- Tendrán obligación de dar prioridad a los peatones, circulando siempre por la derecha de las aceras.
- Prohibición de utilización a los menores de 16 años. Se evalúa también la obligación del casco para menores.
- Obligación de luces y prendas reflectantes en condiciones de poca visibilidad.