La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) ha remitido a todas las entidades locales un documento con recomendaciones sobre espacios públicos y modos de desplazamientos. Las propuestas, aprobadas por unanimidad por la junta directiva de la FEMP, se centran en los límites de velocidad en urbana y en los espacios que deben ocupar los vehículos motorizados (VMPM) y los vehículos de movilidad personal de tracción humana (VMPH).
En los espacios peatonales
El peatón ha de tener la exclusividad en los espacios peatonales y ha de estar prohibido el aparcamiento de todo vehículo o elemento de transporte. El desplazamiento ha de ser a paso de peatón y debe considerarse también peatones a las personas con movilidad reducida (PMR), independientemente del vehículo que utilicen para poder desplazarse (VPMR).
Los parques y jardines no son vías de desplazamiento del municipio, son exclusivamente espacios sociales y de ocio, aunque si la densidad de peatones lo permitiera, se podrían configurar carriles vehiculares exclusivamente para vehículos de movilidad personal de tracción humana (bicicletas, patinetes, etc.).
Calles de plataforma única
En la plataforma única el espacio es compartido por modos de desplazamientos antagónicos, por lo que la FEMP recomienda una velocidad máxima de 10 km/h para proteger al peatón y, especialmente, a las personas con discapacidad visual.
El modo peatonal debe poder usar todo el espacio de la plataforma única y tener prioridad en todo el espacio. Se debería establecer una zona vehicular, por seguridad para el modo peatonal, delimitándose con pavimento tacto-visual o elementos que impidan o dificulten la irrupción involuntaria del modo peatonal en la zona vehicular. La FEMP añade en sus recomendaciones que la zona vehicular no debe configurarse como carriles de circulación al uso, que animan a los aumentos de velocidad.
Carriles de velocidad
En carriles de velocidad máxima 30 y 20 km/h se permitirá la circulación compartida de transporte público, automóviles, motocicletas, ciclomotores, patinetes y bicicletas. Las infraestructuras deben aportar seguridad y subjetivamente así debe ser percibida, por lo que la autoridad municipal tiene que garantizar el calmado del tráfico con un diseño viario adecuado, controlando las velocidades y sancionando su incumplimiento.
En los carriles de velocidad máxima 40 km/h solo se permitirían motocicletas, automóviles y transporte público. La FEMP añade que todo carril 40 debería tener anexo a su derecha un carril 30. Finalmente, recomienda que en las autovías urbanas con velocidades límites superiores a los 40 km/h solo se permita la circulación de motocicletas, automóviles y transporte público.
Carril bus y carril bici
El carril bus se limitaría a 30 km/h y sería exclusivo para el transporte público. El taxi no debería poder parar en el carril bus, según la FEMP, ni siquiera para las personas de movilidad reducida, ya que estas últimas no pueden superar la diferencia de cota con la acera.
En el carril bici, la velocidad máxima sería de 20 km/h y la mínima de 10 km/h, tendría la prioridad la bicicleta, pero se permitiría su utilización por VMPH (vehículos de movilidad personal de tracción humana y VMPM (vehículos de movilidad personal motorizada).
Ciclocalle
Algunos modos de desplazamiento sostenible, por la existencia de los espacios peatonales o la inexistencia de carril 30 entre la acera y el carril 40, no mantienen la continuidad de su desplazamiento, haciéndose necesario la existencia de la calle ciclopeatonal, cuya calzada se limitaría a 20 km/h, quedando reservada para la bicicleta, los VMPH y los VMPM, con prioridad siempre para la bicicleta.
Y con respecto a los menores
Los menores hasta los 12 años jugar o circular en bicicleta y VMPH por los espacios peatonales y la plataforma única, siempre que no sobrepasen los 10 km/h y respeten la prioridad peatonal. Los menores de 14 o más años podrían circular en bicicleta y VMPM por los carriles de velocidad máxima 20 km/h y la calzada de la calle ciclopeatonal. Los menores de 15 o más años podrían circular por los carriles de velocidad máxima 30 km/h.
Más información en www.femp.es
Para acceder al texto original de las recomendaciones de la Federación Española de Municipios y Provincias, pincha aquí
