Las ayudas podrán solicitarse a partir del 1 de agosto y cubrirán hasta el 50% del importe de la bicicleta eléctrica, ampliándose al 60 y 70% para miembros de familias numerosas comunes y especiales, respectivamente. El objetivo es reducir el uso del coche particular e impulsar los modos de transporte sostenibles en el ámbito urbano e interurbano.
El pasado 15 de julio, la Consellería de Infraestructuras y Movilidad publicaba en el Diario Oficial de Galicia (DOG) la orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión del que son los primeros incentivos para la adquisición de bicicletas eléctricas con pedaleo asistido.
El objetivo es minimizar el empleo del uso del vehículo particular e impulsar los modos de transporte sostenibles en el ámbito urbano e interurbano de cercanías. Este tipo de movimientos concentran gran parte de los desplazamientos cotidianos de la población que, en la mayoría de los casos, suponen recorridos de entre los 2 y los 12 kilómetros, siendo estos márgenes asumibles para su recorrido en bicicleta.
Las personas interesadas en las ayudas para la adquisición de nuevas bicicletas eléctricas podrán presentar su solicitud a partir del 1 de agosto, plazo que permanecerá abierto hasta el 30 de noviembre, o hasta agotar los fondos (500.000 euros).
Con carácter general, el importe de la subvención será de hasta el 50% del precio de la bicicleta eléctrica, con un máximo de 500 €. En el caso de una familia numerosa, llegará hasta el 60%, con un límite de 600 €; y para quién forme parte de una familia numerosa con categoría especial será del 70%, con la cuantía máxima de 700 €.
La tramitación de la subvención hay que hacer a través de alguna de las entidades adheridas al programa que figuren en el listado que publicará la web de la Dirección General de Movilidad: https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/ebici El lunes se abrió el plazo para que todas las empresas interesadas puedan realizar su adscripción como establecimientos comerciales colaboradores en la gestión de estas ayudas. Cualquier empresa interesada cuenta de plazo hasta el 31 de julio para presentar la documentación y adscribirse al programa, luciendo en sus centros de trabajo o puntos de venta un cartel identificativo, que lleva por lema: “Enchúfate al movimiento EBici”.
Requisitos técnicos y de equipamiento que deben cumplir las bicicletas eléctricas
- Bicicleta de pedaleo asistido, nueva, equipada con motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250 W, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h o el conductor deje de pedalear (plegables incluídas).
- Batería de litio con capacidad igual o superior a 248 WH (vatios/hora).
- Marco rígido (sin doble suspensión).
- Luz trasera y delantera.
- Guardabarros completos delanteros y traseros, ambos estándar.
- Pie de cabra o caballete.
- Cumplimiento de la norma UNE-EN 15194:2018. Ciclos con asistencia eléctrica. Bicicleta EPAC.