Los colectivos de usuarios, representados por PMSV (Plataforma Motera de Seguridad Vial) y AMM (Asociación Mutua Motera), junto a ANESDOR (Asociación Nacional de Empresas del Sector Dos Ruedas) y PROVIAL (Asociación de Profesores de Formación Vial) han presentado de forma conjunta enmiendas para la modificación de algunos de los apartados contenidos en la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
La comunidad motera al unísono considera necesario que se modifiquen algunos apartados del proyecto de nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Y en concreto, reclaman: no suprimir el margen de 20 km/h en adelantamientos; no imponer como obligatorio el airbag para motoristas; permitir el uso de intercomunicadores en los cascos de moto; prohibir el uso del móvil dentro de casco; e, incluso, la modificación del título de la ley.
Pese a que el conjunto de asociaciones considera positivo el esfuerzo realizado por el Gobierno para desarrollar una nueva ley que mejore la seguridad vial, especialmente en lo relativo a los usuarios vulnerables, como pueden ser los motoristas, consideran erróneos algunos puntos que esperan puedan ser subsanados. Y con este fin, han trasladado a todos los grupos parlamentarios una serie de enmiendas:
Permitir el uso de intercomunicadores en los cascos de motos
Una antigua demanda de los moteros, que se incluye en la propuesta de reforma del Reglamento de Circulación presentada por la Dirección General de Tráfico, pero que no se menciona en el texto de la nueva Ley.
El colectivo de usuarios de la motocicletas solicita que el permiso del uso de intercomunicadores quede regulado en el texto de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, de forma que su uso sea legal ahora y en el futuro, y no quede al albedrío de los gobiernos de turno, con capacidad legal de modificar el Reglamento de Circulación por la vía del Real Decreto.
No eliminar el margen de 20 km/h en adelantamientos
Porque todos los modelos matemáticos analizados demuestran que, de eliminar el margen de 20 km/h en los adelantamientos, se incrementaría tanto la distancia como el tiempo necesario para efectuar un adelantamiento tipo, especialmente en aquellos más peligrosos, como son los que se realizan a vehículos largos (camiones, autobuses…). Según los modelos desarrollados, tanto la distancia como el tiempo para adelantar, se puede multiplicar casi por tres. Teniendo en cuenta que el adelantamiento, por definición, es una maniobra peligrosa, incrementar este tiempo y espacio de forma tan desproporcionada, aumenta innecesariamente el riesgo de sufrir un siniestro grave.
No a la obligatoriedad del airbag
El artículo 47 de la nueva ley hace referencia a la obligación de los conductores de usar cinturón de seguridad, cascos y “demás elementos de seguridad en los términos que reglamentariamente se determine”. Y la comunidad motera propone que el texto especifique que solo podrán incluirse en la categoría de “demás elementos de protección”: “aquellos cuya eficacia en la mejora de la seguridad de los usuarios haya sido técnica y científicamente contrastada, los estudios que así lo acrediten sean ampliamente aceptados y sobre el tipo de elemento exista una norma EN o UNE que regule sus requisitos”.
Como en el caso del uso de intercomunicadores, la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial no hace referencia concreta a la obligatoriedad del airbag para motoristas, pero sí se especifica en la reforma del Reglamento de Circulación, pese a que en la actualidad aún no están definidos los estándares de seguridad (certificación) que este tipo de equipos debe cumplir.
Prohibición del uso indebido del móvil
El texto de la nueva Ley prohíbe el uso “manual” del móvil, pero los motoristas suelen usar el teléfono sosteniéndolo dentro del casco para poder hablar durante la conducción. Esta práctica entraña un riesgo importante, tanto para la seguridad del propio motorista, como para la del resto de usuarios de la vía, por la consiguiente distracción y el riesgo de caída a la vía de un objeto. Todo ello sin contar con las posibles lesiones en casa de impacto. Los usuarios de motocicletas reclaman, por tanto, que esta práctica, cada día más habitual, quede expresamente prohibida en la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
Modificación del título de la Ley
Finalmente, para los motoristas no tiene ningún sentido que la denominación actual de la ley –“Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial”– se mantenga, dada la proliferación de vehículos que carecen de motor para su propulsión, por ejemplo, las bicicletas convencionales. Piden, por tanto, que se suprima del título, por anacrónico, el término “A Motor”.
A las organizaciones firmantes de estas enmiendas han ido sumándose otras organizaciones y asociaciones moteras, empresa vinculadas al mundo del motociclismo y entidades vinculadas a la educación, formación y seguridad vial. Entre todas ellas, representan a más de 600.000 usuarios de motos y ciudadanos, que esperan la sensibilidad de los grupos políticos a la hora de recoger esta enmiendas presentadas en bloque por la comunidad motera.
Puedes descargarte el comunicado completo aquí.
