No existen esas polémicas multas por no desmontar el enganche o bola cuando no se arrastra el remolque. El bulo lo han desmentido una y otra vez la Dirección General de Tráfico, las agrupaciones de Tráfico y policías locales, las ITVs y los talleres mecánicos… Pero el mensaje ha vuelto a reaparecer en grupos de whatsapp y foros. No hagas caso y, mucho menos, compartas. La DGT no va a multarte por circular con enganche de remolque sin usarlo.
No existe ningún artículo en la normativa que exija la retirada de los dispositivos para remolcar cuando se circula sin remolque. Así de sencillo, no le des más vueltas. En el único caso en el que podrían ponerte una sanción referida al enganche o la bola, como se le denomina popularmente, es si el dispositivo para remolcar tapa parcialmente la placa de la matrícula del vehículo. Entonces sí, estarías cometiendo una infracción grave, conforme al artículo 76.p de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, al “incumplir la obligación de todo conductor de verificar que las placas de la matrícula del vehículo no presentan obstáculos que impidan o dificulten su lectura e identificación”.
Pero si el enganche es desmontable, ¿te pueden exigir quitarlo?
Sí o no, depende:
Si tu coche admite todos los tipos de enganches existentes en el mercado –fijo, desmontable y retráctil–, es porque la bola no va a impedir la visibilidad de la placa de matrícula, independientemente de la opción por la que te decantes. Imagina que optas finalmente por un modelo desmontable. En tu caso, nadie puede obligarte a retirar el enganche cuando no arrastres el remolque. Recuerda que solo es motivo de sanción impedir o dificultar la lectura e identificación de la placa.
Ahora al contrario. Supongamos que tienes un vehículo en el que cualquier tipo de enganche va a tapar parcialmente la matrícula. Para empezar, en este caso concreto no podrás instalar nunca una bola fija y tendrás que decantarte siempre por un enganche retráctil o por un enganche desmontable:
- El enganche retráctil, también llamado móvil, se diferencia de la bola desmontable porque el codo no se retira. Al girar sobre su base, queda oculto entre el parachoques y la carrocería. Es un tipo de bola que está indicado, sobre todo, para los vehículos equipados con sensores de aparcamiento. Es muy fácil de poner y quitar, sin necesidad de hacer esfuerzos. Todo son ventajas, pero su precio es bastante más elevado que el de un enganche tradicional fijo o desmontable. Pero a lo que íbamos, la bola queda oculta, con lo cual nadie puede exigirte quitarla.
- El enganche desmontable, como su nombre indica, está diseñado para quitar la bola del soporte. Si te has decantado por este modelo para no tapar la placa de la matrícula, cometerías una infracción grave si no lo desmontas cuando no arrastres remolque. Por lo tanto, este es el único caso en el que podrían multarte por circular con enganche sin remolque y exigirte retirarlo. Pero insistimos, la sanción no sería en ningún caso por portar la bola, sino porque esta última tapa la placa de matrícula.
No “legalizar” el enganche sí puede ser motivo de sanción
De lo que es importante ser conscientes, independientemente del enganche por el que se opte, es que este último no es un simple accesorio del vehículo y, a efectos legales, su instalación se considera una “reforma de importancia”. Merece la pena detenerse un poco a pensar porqué tipo de bola optar o pedir el asesoramiento de nuestro técnico de confianza. Poner enganche o bola, además, tiene que hacerse siempre en un taller cualificado y dando cumplimiento a una serie de trámites.
El taller instalador te emitirá un certificado de instalación, la homologación del enganche y un informe técnico de conformidad. Posteriormente con toda esta documentación hay que pasar la ITV para que la instalación del enganche se incluya dentro de la ficha técnica del vehículo.